El derecho a la Protesta,
por Ana Cristina Bracho
Deber y derecho, libertad y limitación, son los juegos en los que, se construye la ciudadanía.
En el mismo texto que dice que todas las personas tienen derecho a la asociación política y derecho a la protesta se incluyen sus limitaciones enmarcadas como en toda democracia en la previsión de la ley y el resguardo del orden público.
Estos dos elementos, la ley y el orden, son considerados en el Estado de Derecho el marco posible de la libertad, que, no consiste en la posibilidad ilimitada de hacer lo que uno quiere sino en, la capacidad de autodeterminarse en una sociedad. De modo que, no existe libertad sin sociedad ni libertad negando el Derecho en tanto, deber y derecho, libertad y limitación, son los juegos en los que, se construye la ciudadanía.
La ciudadanía que es en sí misma la religión del amor a la Patria se construye entonces en el respeto no sólo del otro sino de aquello que nos construye una idea colectiva, en la cual cada quien tiene los mismos derechos que yo: el libre pensamiento, la libre asociación política, la protesta prevista en la ley y autorizada por la autoridad y la posibilidad de transitar, estudiar, trabajar, en un clima de paz.
En tal sentido, no existe posibilidad alguna que un Derecho conformado y regido por una norma constitucional permita ejercicios contrarios a sus fines fundamentales, los que recordamos haciendo mención al artículo tercero de la Carta Magna que los enumera “la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.”
Al ahondar en esos principios, conseguiremos que la paz es mencionada un total de once veces en la Constitución, que la entiende como el fin para refundar la Patria, valor de nuestra República, fin del Estado, característica del espacio geográfico de Venezuela y deber de todos los ciudadanos y ciudadanas.
Es sobre la base de ese entramado donde la paz es máxima fundamental del Estado y a la cual nos debemos todos, que se estructura la lógica del derecho a la protesta como un recipiente del cual la violencia nunca puede ser el contenido y que, en caso de que este sea debe el Estado a través de sus poderes contener, antes de que se rompa el estado de paz y en respeto de las garantías individuales de los implicados y colectivas de quienes por las acciones se ven afectados.
Por ello que el llamado sea a todos quienes, andan apostándole al desastre a hacer el ejercicio recomendado por el poeta Paul Valery y permitir que nuestras diferencias se lleven por el dialogo porque “en paz, la hostilidad de los hombres entre sí se muestra a través de creaciones en vez de mostrarse a través de destrucciones, como sucede en la guerra.”
ELABRELATA / ADESALAMBRARWEB / ANABRACHO
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