CHILE DESPERTÓ, LA
LISTA DEL PUEBLO, NACIONAL, PROCESO
CONSTITUYENTE
«Las reglas por las reglas»
por María Pardo Vergara
por Miguel Silva
O como decimos aquí en Venezuela, le metieron
un Gazapo a los Chilenos con esas “Reglas”
Las
reglas por las reglas
María Pardo Vergara
Esta semana, la
Vocería de los Pueblos emitió un comunicado haciendo un llamado a trabajar por
la consecución de seis condiciones fundamentales para el proceso de
transformación política del país: libertad; verdad y justicia; reparación;
desmilitarización; no+ expulsiones; y soberanía.
Respecto de esta
última, el documento señala que “el proceso abierto por los pueblos no puede ser limitado a la
redacción de una nueva constitución bajo reglas inamovibles, sino que debe ser expresivo de la voluntad popular, reafirmando su carácter constituyente sostenido en
la amplia deliberación popular y la movilización social dentro y fuera de la
convención”[1].
Varios salieron a
hablar, entre ellos Lavín: “los que votamos en el plebiscito tenemos claras las
reglas del juego, y los acuerdos se cumplen.
Los acuerdos
constitucionales son por dos tercios, y nadie puede salirse de eso, es malo para Chile
que hayan condicionamientos”[2].
La actitud de patrón
de fundo salta a la vista, pero más allá de eso, me gustaría detenerme en el
argumento: la idea de apego irrestricto a las reglas (o
mejor aún, al sagrado Estado de Derecho),
que parece ser la vieja más confiable a la que recurren los de siempre para
apuntalar su conservadurismo con miedo.
Primero está el asunto de quiénes acordaron esas reglas: un grupo de ocho hombres y
tres mujeres, representantes de los partidos cuya legitimidad estaba y sigue siendo cuestionada por
el pueblo.
La decisión la
tomaron ocho personas a puerta cerrada, y luego nos dijeron que el objetivo era “buscar la
paz y la justicia social a través de un procedimiento inobjetablemente
democrático”.
Pero de eso ya se ha
hablado mucho, así que paso al punto siguiente.
Cuando las
reglas se levantan como banderas, no se trata en realidad
de “las”
sino
de “unas” reglas.
Desde luego que no
son las reglas sobre derechos humanos las que se defienden.
Se trata de aquellas
reglas que podrían permitir la subsistencia del sistema que llevan tres décadas
cuidando y alimentando.
Durante 30 años, las reglas han
sido el chivo expiatorio de los de siempre: no es que no queramos cambiar
las cosas -nos decían- es que no podemos; tenemos que seguir
las reglas.
Ahora sobre todo, las reglas se presentan como su última línea de
defensa.
Ante la declaración
de la Vocería de los Pueblos, tanto desde el oficialismo como desde la
oposición de siempre, se condena la instrumentalización de
las reglas, azuzando con ello el miedo al desorden y a los resquicios de una
parte de la población.
Demonizan la
instrumentalización de las reglas por parte de quienes no están dispuestos,
como ellos, a usarlas para defender un sistema que beneficia a un puñado de
personas y precariza las condiciones de vida de miles.
Esto me lleva a un
punto más general que me gustaría hacer sobre el tema.
Es algo obvio, pero
es importante mencionarlo: las reglas no existen por sí mismas.
Les abogades lo
sabemos muy bien, aunque muches hagan como que no se enteran.
Las reglas no existen
por sí mismas, ni en el papel, ni como entidades abstractas: ellas sólo existen
como parte de un discurso que se articula en un contexto político, por parte de determinados agentes.
Las reglas no pueden sino ser instrumentos, precisamente porque no tienen existencia
sino como consecuencia de que son dictadas y aplicadas por unos agentes de cuyos intereses resultan
inseparables.
¿Quiénes dictaron
las reglas del juego de las que habla Lavín?
Y ¿quiénes las van a
aplicar?
Lo primero ya lo sabemos, pero lo segundo está
por verse.
Cuando Lavín dice “los acuerdos
constitucionales son por dos tercios, y nadie puede salirse de eso”, la pregunta
fundamental es si hay una agencia que sea capaz de hacer efectivo esto de que “nadie puede salirse de
eso”.
Si hay por parte de
las fuerzas conservadoras vocación de no saltarse las reglas, se debe considerar que de acuerdo con
el texto constitucional, ellas sólo pueden ser aplicadas por la convención,
salvo en los casos en que un cuarto de
sus miembros en ejercicio interpongan una reclamación ante la Corte Suprema por
infracción a las reglas de procedimiento establecidas
en la constitución vigente (art. 136 inc. 1 y 3 CPR).
Lo que salió a
defender Lavín fue el quórum de dos tercios.
¿Es el quórum una regla
de procedimiento? No hay nada dicho de antemano.
Esa regla, como todas
las demás, existirá como parte de un discurso articulado por determinados
agentes.
Entonces, más allá de les convencionales, la
cuestión de los dos tercios dependería de las subjetividades e intereses de les
cinco ministres de la Corte Suprema que fuesen elegidos por sorteo para conocer
de la reclamación que pudiese presentarse para estos efectos (art. 136 inc. 2
CPR).
Por otro lado, de
concretarse en la elaboración del nuevo texto constitucional el llamado a la
soberanía de la Vocería de los Pueblos, habrá que recordar que la constitución
hoy vigente señala que “en
ningún caso se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración”
(art. 136 inc. 1 CPR).
Con todo, cuando el
nuevo texto esté listo y corresponda someterlo al plebiscito ratificatorio,
quizás le quede a las fuerzas conservadoras una última posibilidad de defender
el sistema a través de las reglas, porque
la constitución vigente atribuye al TC la facultad resolver las cuestiones
suscitadas por alguna de las cámaras sobre la constitucionalidad de las
convocatorias de plebiscitos (art. 93 inc. 9 CPR).
Pero más allá del
lugar del TC en los escenarios futuros, si el tema son las reglas por las reglas, cabe hacer notar
cómo, a partir de la incesante pulsión por recurrir al TC que ha caracterizado
nuestro proceso político-institucional, hemos tenido palco para observar la
medida en la cual las reglas no han sido
sino instrumentos, cuya existencia no resulta comprensible
sin referencia a los agentes de cuyos intereses resultan inseparables.
Al final del día, la
pregunta fundamental no es si las reglas se instrumentalizan o no, porque ellas
siempre existen como instrumentos.
La pregunta
fundamental, que tenemos la posibilidad de responder de nuevo con la nueva
constitución, es por parte de quiénes y para qué.
[1] https://radio.uchile.cl/wp-content/uploads/2021/06/voceriadelospueblos.pdf
[2] https://www.24horas.cl/politica/joaquin-lavin-migracion-voceria-del-pueblo-4818360
Tomado
de: https://www.revistadefrente.cl/
Y Publicado en: http://victorianoysocialista.blogspot.com,
En: Twtter@victorianoysocialista
En:Google; libertadbermeja..victorianoysocialista@gmail.com
En Fecebook: adolfo
Leon libertad
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