28 Febrero 2016
En estos días la Asamblea Nacional de Venezuela, dominada por la derecha más reaccionaria y sediciosa, está por aprobar una Ley de Amnistía gracias a la cual los incendiarios y homicidas que aterrorizaron al país con sus guarimbas a comienzos del 2014 (y que para algunos dirigentes, como Macri, son "prisioneros políticos") serán puestos inmediatamente en libertad.
Comparto por eso esta breve nota de Luis Britto García
con una notable denuncia sobre esta deplorable
legalización del crimen y la consagración de su
impunidad, algo que sólo traerá más dolor y muerte al
noble pueblo venezolano.
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“Se reúnen los delincuentes, y resuelven: No serán sancionados los autores de los siguientes crímenes, delitos, faltas o infracciones: Instigación a la desobediencia de las leyes, instigación al odio y apología del delito, Instigación a delinquir, Lesiones, Violencia o resistencia a la autoridad, Desobediencia a la autoridad, Causar pánico en la colectividad o mantenerla en zozobra mediante la difusión de informaciones falsas, Agavillamiento, Obstaculización de la vía pública con el objeto de preparar el peligro de un siniestro y demás delitos, Daños a los sistemas de transporte, servicios públicos, informáticos o de comunicación, Destrucción o deterioro de caminos y obras destinados a la comunicación pública, Daños a la propiedad, Asociación para delinquir, Financiamiento al Terrorismo; Importación, fabricación, porte, detentación, suministro u ocultamiento de artefactos explosivos o incendiarios, Perturbación de la tranquilidad pública, Ultraje, difamación, calumnia o vilipendio al funcionario público, Uso de menores en la comisión de delitos, Incendio y otros delitos de peligro común, en sus diversas modalidades, Traición a la patria y otros delitos contra ella, Rebelión y otros hechos punibles, Insubordinación, rebelión de civiles, rebelión militar, instigación a ella, sublevación, falsa alarma, ataque y ultraje al centinela, revelación de secretos militares, faltas al decoro militar, uso indebido de condecoraciones insignias y títulos militares, y sustracción de efectos pertenecientes a la fuerza armada, Negativa a servicios legalmente debidos, Encubrimiento, Porte ilícito de arma de fuego y su uso indebido, delitos de posesión ilícita de armas de fuego, porte ilícito de arma de fuego y porte de armas de fuego en lugares públicos, Daños a las instalaciones en el Sistema Eléctrico Nacional, y otros hechos punibles conexos o que aparezcan íntimamente relacionados con alguno de los anteriormente mencionados, la presunta cedulación de extranjeros para participar en las protestas y manifestaciones, delitos de difamación o injuria, en cualquiera de sus modalidades, delitos cometidos por directivos, empleados o representantes de empresas productoras, comercializadoras o distribuidoras de medicinas, alimentos o bebidas y bienes calificados como de primera necesidad, revelación de secretos políticos o militares, o de otros hechos punibles contra la Seguridad e Independencia de la Nación, sustracción de efectos y bienes de las Fuerza Armada Nacional, abuso de poder y de faltas al decoro militar, delitos de fuga y quebrantamiento de condena, infracciones o faltas supuestamente cometidas por empleados o trabajadores de los entes de la Administración Publica Central o Administración Publica Descentralizada, de carácter Nacional, Estadal o Municipal, incluyendo a las Empresas del Estado y sus Empresas Filiales y demás Personas Jurídicas vinculadas al Estado venezolano.
Si deciden la impunidad de esos delitos, digo yo, es porque los cometieron, y si los cometieron, deben estar en la cárcel y no decidiendo que no serán castigados.
Así pensamos las víctimas, pasadas,
presentes, futuras
Luis Britto García
TOMADO DE:
http://www.atilioboron.com.ar/
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